TQH · Elecciones generales 2026

Elecciones generales del 29 de noviembre

Las fechas que importan y cómo votar en persona, por correo o desde el extranjero. Cada dato enlaza su fuente oficial.

Calendario electoral

Cada fecha enlaza la norma o el organismo oficial que la fija.

  1. Convocatoria El BOE publica el decreto que disuelve el Congreso y el Senado y convoca elecciones generales. Desde hoy corren todos los plazos. Fuente: Real Decreto 806/2026 (BOE-A-2026-20742)
  2. Hasta el Si estás de viaje en el extranjero Los españoles que viven en España pero estarán fuera hasta el día de la votación piden la documentación en su consulado, inscritos como no residentes. Fuente: Real Decreto 1621/2007, art. 3 (BOE-A-2007-21501)
  3. Hasta el Pide el voto por correo Si vives en España y ese día no vas a poder ir a tu mesa: en cualquier oficina de Correos, en persona y con el DNI, o en su web con DNI electrónico o certificado digital. Fuente: LOREG, art. 72, Correos: voto por correo, INE, Oficina del Censo Electoral: plazos para los electores
  4. Del al Comprueba que estás en el censo Ayuntamientos y consulados abren la consulta de las listas electorales. Es también el plazo para reclamar si tus datos están mal o no apareces. Fuente: LOREG, art. 39.2 y 39.3, INE, Oficina del Censo Electoral: plazos para los electores
  5. Proclamación de candidaturas Las Juntas Electorales proclaman las candidaturas; al día siguiente se publican oficialmente. Fuente: LOREG, art. 47.3 y 47.5
  6. Del al Llega la tarjeta censal La Oficina del Censo Electoral comunica a cada elector su mesa y su local de votación. Fuente: LOREG, art. 39.7, INE, Oficina del Censo Electoral: plazos para los electores
  7. Del al Residentes en el extranjero: voto por correo Quien vive fuera (censo CERA) recibe la documentación sin pedirla y envía su voto por correo a su consulado; tiene que salir como tarde el 24. Fuente: LOREG, art. 75.7, INE, Oficina del Censo Electoral: plazos para los electores
  8. Del al Envía tu voto por correo Con la documentación que te manda la Oficina del Censo Electoral: el sobre se entrega en Correos, por correo certificado y sin franqueo. Fuente: LOREG, art. 73.3, Correos: voto por correo, INE, Oficina del Censo Electoral: plazos para los electores
  9. Del al Campaña electoral Quince días: empieza a las cero horas del viernes 13 y termina a las veinticuatro horas del viernes 27. Fuente: Real Decreto 806/2026 (BOE-A-2026-20742)
  10. Del al Residentes en el extranjero: voto en urna En la embajada, el consulado o el lugar habilitado en el que estás inscrito, en persona. Fuente: LOREG, art. 75.4, INE, Oficina del Censo Electoral: plazos para los electores
  11. Del al Prohibido publicar sondeos Durante los cinco días anteriores a la votación ningún medio puede publicar ni difundir sondeos electorales. Fuente: LOREG, art. 69.7
  12. Jornada de reflexión La campaña ha terminado: no se puede difundir propaganda electoral ni hacer actos de campaña. Fuente: Real Decreto 806/2026 (BOE-A-2026-20742), LOREG, art. 53
  13. Votación De nueve de la mañana a ocho de la tarde, en la mesa que indica tu tarjeta censal. Fuente: Real Decreto 806/2026 (BOE-A-2026-20742), LOREG, art. 84.1
  14. Se constituyen las nuevas Cortes El Congreso y el Senado elegidos se reúnen en sesión constitutiva a las diez horas. Fuente: Real Decreto 806/2026 (BOE-A-2026-20742)

Cómo votar

En tu mesa electoral

El , de 9 a 20 horas, en la mesa que indica tu tarjeta censal. Lleva el DNI, el pasaporte o el permiso de conducir, con tu fotografía. Si no sabes cuál es tu mesa, la tarjeta censal llega a casa entre el 2 y el 10 de noviembre; también la indica el INE.

Fuente: LOREG, art. 85.1, INE: ayuda para electores

Por correo, si vives en España

  1. Pídelo hasta el : en cualquier oficina de Correos, en persona y con tu DNI (no vale una fotocopia), o en la web de Correos con DNI electrónico o certificado digital. Si una enfermedad te impide ir, otra persona puede pedirlo por ti con una autorización ante notario o consulado y un certificado médico oficial.
  2. La Oficina del Censo Electoral te manda a casa, por correo certificado, las papeletas, los sobres y el certificado, a partir del 9 de noviembre. Lo recibes en persona.
  3. Envía el voto desde Correos, por correo certificado y sin franqueo, hasta el .

Una vez pedido el voto por correo ya no puedes votar en tu mesa.

Fuente: LOREG, art. 72, LOREG, art. 73, Correos: voto por correo, INE, Oficina del Censo Electoral: plazos para los electores

Desde el extranjero

Si vives fuera (inscrito en el censo de residentes ausentes, CERA), no tienes que pedir nada: la documentación llega a tu dirección. Puedes votar en urna en tu embajada o consulado del al , o enviar el voto por correo a tu consulado hasta el . Las papeletas también se pueden descargar de la web del INE.

Si vives en España y estarás de viaje hasta el día de la votación, pide la documentación en tu consulado, inscrito como no residente, hasta el .

Fuente: LOREG, art. 75, Real Decreto 1621/2007, art. 3 (BOE-A-2007-21501), INE: papeletas descargables para residentes en el extranjero, INE, Oficina del Censo Electoral: plazos para los electores

Webs oficiales

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